Background information

Tipo de especie cultivada
Carpa común (Cyprinus carpio), gato del norte deÁfrica ( heteroclarias, variante híbrida) y población híbrida de carpa plateada (Hypophthalmichthys molitrix) y carpa ghead (H. nobilis). Tambiénexisten algunas producciones importantes de pez gato de Wels (Silurus glanis) y de carpa de hierba (Ctenopharyngodon idella).
Fuente: 2023, EUMOFA; 2022, CCTEP; Hungría, com. personal, 11 de enero de 2023
Tipo de método de producción
Sin acceso directo al mar, la actividad acuícola en Hungría se limita a la agricultura de agua dulce. Según la FAO y Eurostat, en 2021 se utilizaron los siguientes métodos de producción principales:
Tamaño del sector (producción y consumo)
Fuente: 2021, estadísticas húngaras
Impacto de la acuicultura en la economía, el mercado alimentario y el mercado laboral del país
- En la última década, la producción acuícola húngara destinada al consumo humano ha registrado un crecimiento moderado, de media del 3,1 % anual.
- Un subsector en crecimiento de la acuicultura es la piscicultura intensiva. La especie más importante de cría intensiva es el pez gato del nortede África (hetero-clara, variante híbrida), del que Hungría es el mayor productor de Europa, habiendo aumentado su producción de casi cero a más de 3 800 toneladas en veinte años.
- No se dispone de datos oficiales sobre la producción del sector de la transformación del pescado en Hungría.
- Hungría es un importador neto de pescado y marisco. En 2020, el 2 021,67 % del pescado consumido en Hungría procedía de importaciones, el 33 % se producía en el mercado nacional. Las preparaciones y conservas de pescado constituyen el grupo de productos más importante, con una cuota del 53 % del volumen, seguido de filetes (frescos o congelados) con un 20 % y de pescado congelado entero (excepto filetes) con una cuota del 12 %. Hasta el 90 % de los volúmenes importados de pescado y marisco proceden de países de la UE, principalmente Polonia, Alemania, España, Chequia e Italia en 2020.
Fuente: 2020, Eurofish
Retos y oportunidades
- Mejorar el sistema de procedimientos administrativos: El número de autoridades que participan en la concesión de autorizaciones y el sistema de concesión de licencias multifásicas hacen que la autorización de las instalaciones acuícolas sea compleja y prolongada, a pesar de algunos avances hacia una ventanilla única y la cooperación entre las autoridades.
- El sector de la acuicultura de Hungría se enfrenta a varios retos, como la escasez de mano de obra, la necesidad de una intensificación sostenible de la producción de pescado, la baja rentabilidad de las piscifactorías, la insuficiente eficiencia hídrica y los efectos perjudiciales para el medio ambiente de las piscifactorías. Además, es necesario reconocer mejor los servicios ecosistémicos prestados por las explotaciones de estanques, lo que contrasta con la afirmación sobre los efectos perjudiciales de la acuicultura. Las piscifactorías, que proporcionan la mayor parte de la producción pesquera húngara, suelen producir peces de forma extensiva y se considera que poseen muchos beneficios medioambientales (mantenimiento de una biodiversidad significativa, valor paisajístico, retención de agua, retención de nutrientes, control de inundaciones, mitigación del cambio climático), haciendo frente a los daños causados por los animales que se alimentan de peces y al riesgo del virus del Herpes Koi. Para lograr un mayor nivel de consumo de pescado, es importante aumentar la gama de productos transformados, mejorar la trazabilidad y aumentar la confianza de los consumidores, pero también es necesario aumentar la rentabilidad y la competitividad del sector de la transformación del pescado (2020, Eurofish).
- Sensibilizar a la opinión pública sobre el potencial de la acuicultura para el desarrollo rural y establecer criterios transparentes de uso del suelo que puedan contribuir a la identificación de zonas muy adecuadas para las actividades acuícolas a nivel territorial pueden considerarse objetivos importantes.
- Aumentar la sensibilización social sobre el potencial de la acuicultura para el desarrollo rural, incluido su papel económico y laboral, pero también su papel ecológico (mantenimiento del clima, los hábitats y la biodiversidad)
- Desarrollar, con la participación de los socios pertinentes, un conjunto de criterios y orientaciones para las autoridades regionales y locales y las autoridades que participan en la ordenación del territorio, con el fin de facilitar la designación de zonas adecuadas para las actividades acuícolas.
Fuente: 2020, Eurofish, MNPSA
Empleo y número de empresas
En 2021: 375 empresas, 1269 trabajadores a tiempo completo, 193 empleados a tiempo parcial; empleo temporal/ocasional de 22,254 personas/día.
Fuente: Estadísticas húngaras
Multi-annual National Strategic Plans for the development of sustainable Aquaculture
Relevant Authorities
Applicable Legislation
Legislación nacional vigente:
- Ley CXXVI de 2012 sobre la Cámara Húngara de Agricultura, Alimentación y Desarrollo Rural;
- Ley CII de 2013 sobre piscicultura y protección de los peces (Hhvtv.);
- 314/2014. (XII. Decreto Gubernamental n.º 12 de 12 relativo a las multas para la piscicultura y la conservación de los peces;
- 383/2016. (XII. Decreto Gubernamental n.º 2, relativo a la designación de los organismos que realizan tareas oficiales y administrativas en el ámbito de la agricultura;
- 413/2017. (XII. Decreto Gubernamental n.º 15) por el que se establecen normas relativas a determinados procedimientos de gestión de la pesca;
- 182/2022. Decreto del Gobierno, de 24 de mayo de 2011, sobre las funciones y competencias de los miembros del Gobierno (en lo sucesivo, Un Reglamento sobre los Estatutos);
- 133/2013. (XII. Decreto n.º 29 del Ministro de Desarrollo Rural por el que se establecen determinadas normas de gestión y conservación de la pesca;
- 89/2015. (XII. Decreto n.º 22 del Ministro de Agricultura sobre determinadas normas para la concesión de derechos de gestión de la pesca al Estado para la gestión de activos, arrendamientos mediante licitación y subarriendo;
- 90/2015. (XII. 22) Decreto FM sobre las condiciones detalladas para la transferencia por designación del derecho del Estado a la piscicultura y para subarrendarlo.
- Ley XVII de 2007 sobre determinados aspectos del procedimiento relativo a las ayudas agrícolas, de desarrollo rural y de pesca y otras medidas;
- 2/2005. Decreto gubernamental 12/2001 (I. 11.) sobre la evaluación medioambiental de determinados planes o programas;
- 82/2007. IV.) Decreto Gubernamental n.º 25 relativo a la creación y organización de sistemas financieros, contables y de control de los programas y medidas financiados por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural, el Fondo Europeo de Pesca y el Fondo Europeo Agrícola de Garantía;
- 38/2012. III) Decreto gubernamental 12) sobre gestión estratégica gubernamental;
- 60/2014. III) Decreto Gubernamental n.º 6 sobre el control central y el registro de los proyectos realizados con la ayuda;
- 272/2014. (XI. Decreto Gubernamental n.º 118/2011, de 5 de diciembre de 2014, sobre las normas que regulan el uso de las ayudas procedentes de determinados fondos de la Unión Europea en el período de programación 2014-2020;
- 256/2021. Decreto Gubernamental n.º 18/2002, de 18 de mayo de 2021, sobre las normas que regulan el uso de las ayudas procedentes de determinados fondos de la Unión Europea en el período de programación 2021-2027;
- 481/2021. VIII. 13) Decreto gubernamental 12/2000 sobre la utilización de los créditos del capítulo «Evolución del Fondo de Relanzamiento Económico» y créditos gestionados de forma centralizada en el capítulo «Evolución de la UE»;
- 1023/2019. II) Decisión gubernamental n.º 11) sobre la planificación del uso de los fondos de cohesión de la UE para el período 2021-2027 con el fin de aumentar la competitividad;
- Ministro de Agricultura 5/B/2015. III) 9) sobre la participación en el proceso de programación y ejecución del programa operativo húngaro de pesca cofinanciado por la Unión Europea para el período 2014-2020 y las disposiciones de gestión correspondientes.
- 37/2011. III) (22) Korm. sobre el procedimiento en materia de ayudas estatales a efectos del Derecho de la competencia de la UE y sobre el mapa de ayudas regionales;
- 50/2007. (VI. Decreto n.º 27 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre las garantías institucionales a disposición de las empresas agrícolas en concepto de ayudas de minimis;
- 64/2008. Decreto del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, de 14 de mayo de 2004, relativo a las ayudas de minimis para la participación en el régimen de producción de carpas de calidad;
- 39/2011. Decreto n.º 18/2001, de 18 de mayo de 2003, del Ministerio de Desarrollo Rural sobre las ayudas de minimis concedidas en el marco de los regímenes de tarjetas agrícolas de Széchenyi;
- 94/2013. Decreto (X.10.) del Ministro de Desarrollo Rural sobre el apoyo presupuestario a las primas de garantía para facilitar la concesión de préstamos a microempresas y pequeñas y medianas empresas.
- Decreto-ley n.º 6, de 1986, por el que se promulga la Convención sobre la Conservación de las Especies Migratorias de Animales Silvestres, hecho en Bonn el 23 de junio de 1979;
- Ley XLII de 1993 sobre la vida silvestre de importancia internacional, en particular el Convenio relativo a la residencia de las aves acuáticas, adoptado en Ramsar el 2 de febrero de 1971, y sus enmiendas adoptadas el 3 de diciembre de 1982 y el 28 de mayo al 3 de junio de 1987;
- Ley LIII de 1995 sobre las normas generales de protección del medio ambiente (en lo sucesivo, KVT.);
- Ley LXXXI de 1995 sobre la promulgación del Convenio sobre la Diversidad Biológica;
- Ley LIII de 1996 sobre protección de la naturaleza (en lo sucesivo, TVT.);
- Ley XXXII de 2003 por la que se promulga la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Washington el 3 de marzo de 1973;
- Ley CXXXVII de 2012 sobre la reserva a la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres, adoptada en Washington el 3 de marzo de 1973, y por la que se promulga una enmienda a la Convención;
- Ley VIII de 2014 por la que se promulga el Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven de su utilización al Convenio sobre la Diversidad Biológica;
- 33/1997. II) Decreto Gubernamental n.º 20 sobre las normas relativas a la imposición de multas en materia de conservación de la naturaleza;
- 67/1998. IV.) Decreto Gubernamental n.º 3 sobre restricciones y prohibiciones aplicables a las comunidades de la vida protegidas y especialmente protegidas;
- 74/2000. Decreto gubernamental (V. 31.) relativo a la promulgación del Convenio sobre cooperación para la protección y el uso sostenible del Danubio, establecido en Sofía el 29 de junio de 1994;
- 130/2000. VII.) Decreto gubernamental n.º 17/1992 por el que se promulga el Convenio para la Protección y Utilización de los Cursos de Agua Transfronterizos y de los Lagos Internacionales, firmado en Helsinki el 17 de marzo de 1992;
- 219/2004. VII.) Decreto Gubernamental n.º 21 relativo a la protección de las aguas subterráneas;
- 220/2004. VII.) Decreto Gubernamental n.º 21 sobre las normas para la protección de la calidad de las aguas superficiales;
- 275/2004. Decreto Gubernamental (X.8.) sobre la conservación de la naturaleza de interés comunitario;
- 276/2004. Decreto del Gobierno (X.8.) sobre las modalidades de determinadas subvenciones y compensaciones para la protección de la naturaleza;
- 314/2005. (XII. Decreto Gubernamental n.º 25 sobre la evaluación de impacto ambiental y el procedimiento uniforme de autorización de uso medioambiental;
- 27/2006. II) Decreto Gubernamental n.º 7 relativo a la protección de las aguas contra la contaminación producida por nitratos procedentes de fuentes agrarias;
- 348/2006. (XII. Decreto Gubernamental 23) por el que se establecen normas detalladas para la protección, la conservación, el uso y la presentación de especies animales protegidas;
- 78/2007. IV.) Decreto Gubernamental n.º 24 de 24 sobre el registro medioambiental básico;
- 90/2007. IV.) (26) Korm. sobre las normas para prevenir y reparar los daños medioambientales;
- 91/2007. IV.) (26) Korm. sobre la determinación del alcance de los daños causados a la naturaleza y sobre las normas de reparación;
- 292/2008. (XII. Decreto Gubernamental n.º 10) por el que se establecen determinadas normas de aplicación de los actos internacionales y de la Comunidad Europea que regulan el comercio internacional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres;
- 71/2015. III) Decreto gubernamental n.º 30, relativo a la designación de los organismos encargados de tareas oficiales y administrativas relacionadas con el medio ambiente y la conservación de la naturaleza;
- 408/2016 (XII. El Decreto gubernamental sobre la prevención y la gestión de la introducción y propagación de especies exóticas invasoras;
- 19/1997. VII.) 4.) Decreto del Ministerio de Transportes y Transportes relativo a las medidas relativas a los bienes naturales protegidos decomisados;
- 13/2001. Decreto del Ministro de Medio Ambiente, de 9 de mayo de 2004, relativo a las especies vegetales y animales protegidas y especialmente protegidas, al área de distribución de las cuevas especialmente protegidas y a la publicación de especies vegetales y animales de importancia para la conservación en la Comunidad Europea;
- 6/2002. (XI. (5)) Decreto del Ministerio de Protección del Medio Ambiente y del Agua sobre los valores límite para la contaminación de las aguas superficiales utilizadas para la extracción de agua potable o designadas como base de agua potable y aguas superficiales designadas para garantizar las condiciones de vida de los peces y su seguimiento;
- 30/2004. (XII. (30) Decreto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Gestión del Agua relativo a determinadas normas para la evaluación de las aguas subterráneas;
- 31/2004. (XII. (30) Decreto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Gestión del Agua relativo a determinadas normas de control y evaluación del estado de las aguas superficiales;
- 12/2005. (VI. 17) Decreto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Gestión del Agua relativo a las normas detalladas para la imposición de restricciones a los hábitats y hábitats de especies vegetales y animales especialmente protegidas;
- 27/2005. (XII. 6) Decreto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Gestión del Agua relativo a las modalidades de control de los vertidos de aguas usadas y residuales;
- 101/2007. (XII. (23) Decreto del Ministerio de Protección del Medio Ambiente y Agua relativo a los requisitos profesionales para la intervención de los recursos hídricos subterráneos y la perforación de pozos de agua;
- 30/2008. (XII. (31) Decreto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Gestión del Agua relativo a las normas técnicas aplicables a las actividades e instalaciones de recuperación, protección y prevención de daños a las aguas;
- 6/2009. IV. 14) Decreto conjunto del Ministro de Protección del Medio Ambiente y Medio Ambiente y del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre los valores límite necesarios para la protección de las formaciones geológicas y de las aguas subterráneas contra la contaminación y sobre la medición de la contaminación;
- 111/2009. VIII. 19) Decreto del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre normas relativas al uso de especies de peces exóticas y localmente ausentes en la acuicultura;
- 14/2010. Decreto KvVM (V. 11.) del Ministro de Protección del Medio Ambiente y del Agua sobre parcelas de terreno afectadas por zonas naturales protegidas de interés comunitario;
- 14/2015. III) Decreto n.º 31 del Ministerio de Agricultura, relativo a las tasas administrativas por los procedimientos oficiales en materia de medio ambiente y conservación de la naturaleza;
- 32/2004. (IV.) 19) Decisión de la OGY por la que se declara nacional a razas húngaras protegidas, autóctonas o en peligro de extinción, de animales de granja de alto valor genético.
- Ley XXVIII de 1998 sobre la protección y el bienestar de los animales;
- Ley XLVI de 2008 sobre la cadena alimentaria y su supervisión oficial Éltv;
- Ley CXXVII de 2012 sobre el Colegio de Veterinarios de Hungría y sobre la prestación de servicios veterinarios;
- Ley LVI de 2019 sobre las disposiciones legales necesarias para regular la producción ganadera;
- 244/1998. (XII. Decreto Gubernamental n.º 31/1999 relativo a las multas en materia de protección de los animales;
- 22/2012. II) Decreto Gubernamental n.º 29 de 29 sobre la Oficina Nacional de Seguridad de la Cadena Alimentaria;
- 40/2013. II) (Gov. Decreto) sobre la experimentación con animales;
- 188/2019. VII.) Decreto Gubernamental n.º 30 relativo a la cría de animales;
- 41/1997. Decreto n.º 30/2011, de 28 de mayo de 2004, del Ministerio de Agricultura, relativo a la expedición del Código zoosanitario;
- 44/2003. (IV.) (26) Decreto del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre los requisitos obligatorios del Código de Piensos húngaro;
- 64/2007. VII. 23) Decreto conjunto FVM-EüM sobre las condiciones de higiene alimentaria para la comercialización de alimentos de origen animal y para la producción de alimentos en el punto de venta;
- 119/2007. Decreto (X. 18.) del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre el sistema nacional de registro de los recintos, las culturas y determinados datos relativos a los mismos;
- 113/2008. VIII. 30) Decreto del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre el procedimiento de notificación de enfermedades animales;
- 127/2008. (IX. (29) FVM sobre los requisitos zoosanitarios de los animales y productos de la acuicultura y sobre la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos;
- 128/2009. Decreto (X. 6.) del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural sobre medicamentos veterinarios;
- 152/2009. (XI. 12) del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural sobre los requisitos obligatorios del Código Alimentario húngaro;
- 3/2010. VII.) Decreto 5 del Ministro de Desarrollo Rural sobre el suministro de datos y trazabilidad en relación con la producción y comercialización de alimentos;
- 65/2012. VII.) Decreto n.º 4 del Ministro de Desarrollo Rural sobre determinadas normas relativas a la producción, comercialización y utilización de piensos;
- 34/2013. Decreto n.º 14/2001, de 14 de mayo de 2003, del Ministerio de Desarrollo Rural, relativo a la certificación, la producción, la comercialización, el etiquetado y los procedimientos de control de los productos agrícolas y alimenticios de conformidad con los requisitos de la agricultura ecológica;
- 74/2013. VIII) Decreto n.º 30 del Ministerio de Desarrollo Rural sobre determinadas medidas contra las enfermedades animales y la correspondiente compensación estatal;
- 36/2014. (XII. Decreto n.º 17 del Ministerio de Agricultura sobre información alimentaria;
- 43/2014. (XII. (29) Decreto del Ministro de Agricultura sobre las condiciones detalladas de utilización de la ayuda para las tareas de organización de la cría;
- 61/2016. (IX. Decreto n.º 15 del Ministerio de Agricultura sobre indicaciones relativas a la ausencia de OMG.
- Ley CLXIV de 2005 sobre comercio;
- Ley CXXVII de 2007 sobre el impuesto sobre el valor añadido;
- Ley LXXVI de 2009 sobre las normas generales sobre el inicio y el ejercicio de las actividades de servicios;
- Ley XCVII de 2015 sobre determinados aspectos de la organización de mercados de los productos agrícolas, las organizaciones de productores y las organizaciones interprofesionales;
- 210/2009. (IX. 29) Korm. sobre las condiciones para el ejercicio de actividades comerciales;
- 2/2018. II) 1.) Decreto del Ministro de Agricultura sobre las modalidades de reconocimiento y control de las organizaciones interprofesionales.
- Ley LVII de 1995 sobre la gestión del agua de Vgtv.);
- Ley XXI de 1996 sobre Ordenación del Territorio y Ordenación del Territorio (en lo sucesivo, Tftv.);
- Ley LXXVIII de 1997 sobre el desarrollo y la protección del entorno construido;
- Ley CXXXIX de 2018 sobre la ordenación del territorio de Hungría y determinadas zonas prioritarias;
- 253/1997. (XII. Decreto Gubernamental 20) sobre los requisitos nacionales de urbanismo y construcción;
- 31/2007. II) (28) Korm. sobre el sistema de información relativo a la ordenación del territorio y la ordenación del territorio y el procedimiento para la divulgación obligatoria de datos;
- 76/2009. IV.) Decreto Gubernamental n.º 8 de 8 sobre procedimientos administrativos para la ordenación del territorio;
- 190/2009. (IX. Decreto Gubernamental n.º 15 sobre las actividades del arquitecto principal;
- 218/2009. Decreto gubernamental 26/1998 (X. 6.) sobre los requisitos de contenido del concepto de ordenación territorial, el programa de desarrollo territorial y el plan de ordenación territorial, así como las normas detalladas para su integración, preparación, consulta, adopción y publicación;
- 16/2010. II) Decreto gubernamental n.º 5/2015, relativo a la recogida, conservación, registro y utilización de los documentos que deben conservarse en relación con la ordenación del territorio y la ordenación territorial;
- 37/2010. II) (26) Korm. sobre el sistema de control territorial;
- 77/2010. III) Decreto gubernamental n.º 25 de 25 sobre la autorización de la ordenación del territorio y la designación de la autoridad responsable de la supervisión de las actividades de ordenación territorial;
- 115/2014. IV.) Decreto Gubernamental n.º 3 sobre el sistema de tarificación de la prestación de servicios relacionados con el agua agrícola;
- 43/1999. (XII. (26) Decreto de la EIAM sobre el cálculo de la contribución a los recursos hídricos.
Applicable Procedures
- Procedimiento de examen preliminar.
- Evaluación impacto ambiental: Es necesario si, como resultado del procedimiento previo, la autoridad medioambiental considera necesario llevar a cabo una evaluación de impacto ambiental y, en el caso de la cría de peces en una jaula intensiva o una planta de producción de estanques, si tiene lugar en un lugar protegido de importancia nacional, y en el caso del establecimiento de un sistema de estanques o lagos, si abarca más de 30 hectáreas de área natural protegida de importancia nacional.
- Autorización de la oficina del Gobierno de condado.
- Declaración de identificación de objetos de agua.
- Permiso para el establecimiento de derechos sobre el agua.
- Permiso de explotación de los derechos de agua.
- Autorización y registro de piscifactorías.
- Autorización para el uso de especies exóticas y especies localmente ausentes en la acuicultura
- El reconocimiento de las organizaciones de cría.
- Notificación de la incubadora-nacedora.
- Elaboración de un plan de autocontrol.
National associations and networks
Relevant Websites
Contact Details
Departamento de Ordenación Pesquera, Ministerio de Agricultura
Peter Lengyel, director de Pesca y Acuicultura
- Número de teléfono: + 36 1 795 6294